Oficio 3290 de 2017 Dian. Servicios de catering continúan gravados con IVA y excluidos de INC.
El artículo 512-1 del ET sufrió modificaciones con la reforma tributaria, ley 1819 de 2016, pero artículos 426 y 512-8 del ET continúan vigentes, por lo que los servicios de alimentación institucional o de alimentación a empresas bajo catering siguen estando excluidos del impuesto nacional al consumo INC y gravados con IVA. Reproducimos a continuación […]... Read More